Entérate de la forma en que pagas el IVA e ISR por tus ganancias obtenidas al usar la plataforma
20 de enero de 2021 / MéxicoDe conformidad con la regulación aplicable vigente, Uber tiene la obligación de retener el Impuesto al Valor Agregado (“IVA”) y el Impuesto Sobre la Renta (“ISR”) sobre tus ganancias generadas por la prestación de servicios independientes a través de una plataforma tecnológica.
Aquí te compartimos toda la información que debes saber.
Impuestos Sobre la Renta (“ISR”)
El porcentaje de retención correspondiente para el ISR es ahora del 2.1% fijo para cualquier nivel de ingresos. Es decir, sin importar el nivel de ingresos que generes por la prestación de servicios independientes a través de una plataforma tecnológica, sólo se retendrá una tasa del 2.1% fijo.
A partir del 1º de enero de 2021, el porcentaje de ISR que se retiene deja de ser variable y ahora será una tasa única.
Impuestos Sobre la Renta (“ISR”) para pagos por referidos
A partir del 1º de enero de 2021, la tasa de retención del ISR para pagos por referidos ahora es del 1% para cualquier monto de ingresos que generes.
Impuesto al Valor Agregado (“IVA”)
La tasa de retención relativa al IVA es del 8% del IVA total cobrado sobre todos los viajes/entregas que realices con la app de Uber.
Cobro del Impuesto al Valor Agregado (“IVA”) sobre la tasa de servicio.
El IVA sobre la tasa de servicio oscila entre el 0.16% y 6.8% de la tarifa total del viaje/entrega.
¿A quiénes se les retienen impuestos?
A todas las personas físicas independientemente de su régimen tributario.
¿Qué implican las retenciones de impuestos por parte de Uber?
- Los viajes que realices por medio de la app de Uber tendrán dos retenciones: 8% del IVA y 2.1% del ISR para cualquier monto de ingresos. Esta cantidad será entregada directamente al Servicio de Administración Tributaria (“SAT”) para pagar estos dos impuestos y dentro de los primeros días del mes siguiente te emitiremos el comprobante fiscal de retención respectivo.
- De igual forma, la tasa de retención del ISR para pagos por referidos será una tasa fija del 1% para cualquier monto de ingresos.
Las retenciones de impuestos por parte de Uber tienen múltiples beneficios para ti
- Te ahorrarás tiempo y esfuerzo en el cálculo y pago de tus impuestos y en la presentación de tus declaraciones fiscales.
- La retención del ISR es del 2.1% para cualquier monto de ingresos. Es decir, el ISR no es progresivo, por más que aumenten tus ingresos, no se retiene una cantidad mayor de ISR.
- La retención del IVA es del 8%, en lugar del 16%.
- Si sólo recibes ingresos por viajes realizados a través de la app de Uber, ya no tendrás que presentar declaraciones mensuales respecto del IVA ni del ISR.
- Si percibes ingresos adicionales, podrás acreditar los impuestos que Uber te haya retenido.
- No tienes que preocuparte por pagar al SAT los impuestos de los ingresos que generas usando la app de Uber, ni por reportarle estas ganancias de forma mensual.
- Podrás utilizar tu recibo semanal de ganancias y el comprobante de retención que te daremos para obtener tu constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales y al mostrarlos en diversas instituciones financieras, podría darte acceso a créditos de diversos tipos y otros instrumentos financieros.
Tú y tu familia, tendrán acceso a los servicios de salud y diversas prestaciones sociales que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social (“IMSS”). Al estar al día en tus obligaciones fiscales podrás afiliarte de forma voluntaria al régimen obligatorio como trabajador independiente, para tener estos beneficios:
- Atención médica, medicinas, gastos hospitalarios y de laboratorio para ti y tu familia.
- Apoyo económico para tus familiares en caso de muerte.
- Pensión para el retiro.
También podrás incorporarte al “seguro de salud para la familia” que incluye enfermedades y maternidad.
- Podrás obtener apoyo para adquirir una casa nueva o usada, con un crédito accesible y con las mejores condiciones del mercado, a través de Sociedad Hipotecaria Federal (mediante las Entidades Financieras participantes).
- Al estar al día en tus obligaciones fiscales, podrás tener acceso a financiamientos preferenciales otorgados por Nacional Financiera (“NAFIN”) e incluso, en ciertos casos, acceso al Programa “Crezcamos Juntas” (Programa exclusivo para las mujeres).
Preguntas frecuentes
- ¿Por qué Uber retiene mis impuestos?
De conformidad con la regulación aplicable vigente, Uber debe retener y pagar por tu cuenta directamente al SAT un porcentaje del ISR e IVA que se cause por los viajes que realices por medio de la app de Uber. Sabemos que esto puede causar incertidumbre, pero entre muchas otras ventajas, disminuirán las tasas de los impuestos que te corresponden pagar por los viajes que realices y se reducirán tus cargas fiscales/administrativas.
- ¿Cuánto debo de pagar de IVA e ISR?
Down Small - A diferencia de otros contribuyentes que pagan el 16% del IVA, tú sólo pagarás el 8% por los viajes que realices por medio de la app de Uber.
- El porcentaje de retención del ISR será del 2.1% para cualquier monto de ingresos. Es decir, el porcentaje de retención de ISR no aumentará conforme aumentan tus ingresos.
- ¿Por qué la tasa del ISR para los viajes realizados antes del 1 enero 2021 era diferente?
Down Small - Esto es consecuencia de la reforma a la Ley del Impuesto Sobre la Renta aprobada por el Congreso de la Unión y cuya vigencia inició a partir del 1º de enero del 2021.
- A continuación de mostramos cómo se ha modificado el porcentaje de retención del ISR:
Monto del ingreso mensual Tasa del ISR aplicable hasta el 31 de diciembre 2020 (%) Tasa del ISR aplicable a partir del 1º de enero 2021 Hasta 5,500 MXN 2% Se aplicará una tasa única de retención del 2.1% Hasta 15,000 MXN 3% Se aplicará una tasa única de retención del 2.1% Hasta 21,000 MXN 4% Se aplicará una tasa única de retención del 2.1% Más de 21,000 MXN 8% Se aplicará una tasa única de retención del 2.1% - ¿En qué casos tengo que presentar declaraciones de impuestos?
Down Small Si eres persona física y percibes ingresos adicionales a los generados por los servicios que prestas a través de Uber, deberás presentar las declaraciones de impuestos correspondientes.
- ¿Por qué se me retiene una cantidad mayor de ISR e IVA?
Down Small De conformidad con la regulación aplicable vigente, en caso de que no hayas proporcionado clave del Registro Federal de Contribuyentes (“RFC”), o si esta no es válida ante el SAT, Uber se encuentra obligado a realizar una retención de 20% del ISR y de 16% del IVA sobre tus ingresos.
- ¿Tendrá esto algún beneficio para mí?
Down Small Sí. Este cambio representará varios beneficios para ti, tales como:
- Te ahorrarás tiempo y esfuerzo en el cálculo y pago de tus impuestos y en la presentación de tus declaraciones fiscales.
- La retención del ISR es del 2.1% para cualquier monto de ingresos. Es decir, el ISR no es progresivo, por más que aumenten tus ingresos, no se retiene una cantidad mayor de ISR.
- La retención del IVA es del 8%, en lugar del 16%.
- Si sólo recibes ingresos por viajes realizados a través de la app de Uber, ya no tendrás que presentar declaraciones mensuales respecto del IVA ni del ISR.
- Si percibes ingresos adicionales, podrás acreditar los impuestos que Uber te haya retenido.
- No tienes que preocuparte por pagar al SAT los impuestos de las ganancias que generas usando la app de Uber, ni por declarar dichas ganancias de forma mensual.
- Ahora podrás utilizar tu recibo semanal de ganancias y el comprobante de retención que te daremos para obtener tu constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales y al mostrarlos en diversas instituciones financieras, podría darte acceso a créditos de diversos tipos y otros instrumentos financieros.
Tú y tu familia, tendrán acceso a los servicios de salud y diversas prestaciones sociales que otorga el IMSS. Al estar al día en tus obligaciones fiscales podrás afiliarte de forma voluntaria al régimen obligatorio como trabajador independiente, para tener estos beneficios:
- Atención médica, medicinas, gastos hospitalarios y de laboratorio para ti y tu familia.
- Apoyo económico para tus familiares en caso de muerte.
- Pensión para el retiro.
También podrás incorporarte al “seguro de salud para la familia” que incluye enfermedades y maternidad.
- Podrás obtener apoyo para adquirir una casa nueva o usada, con un crédito accesible y con las mejores condiciones del mercado, a través de Sociedad Hipotecaria Federal (mediante las Entidades Financieras participantes).
- Al estar al día en tus obligaciones fiscales, podrás tener acceso a financiamientos preferenciales otorgados por NAFIN e incluso, en ciertos casos, acceso al Programa “Crezcamos Juntas” (Programa exclusivo para las mujeres).
- ¿Puedo cambiar de régimen fiscal?
Down Small El régimen fiscal que te es aplicable depende de si eres una persona física o moral y de las actividades económicas que realizas. Puedes actualizar tus actividades económicas, lo cual podría implicar un cambio en tu régimen fiscal. En el siguiente enlace podrás encontrar más información al respecto: https://www.sat.gob.mx/tramites/33758/presenta-el-aviso-de-actualizacion-de-actividades-economicas-y-obligaciones-fiscales-como-persona-fisica
- ¿Qué pasa si no tengo RFC?
Down Small Deberás de realizar el trámite de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes ante el SAT. En el siguiente enlace podrás encontrar más información al respecto: https://www.sat.gob.mx/tramites/33629/realiza-tu-inscripcion-en-el-rfc-persona-fisica
- ¿Subirán los precios de los viajes?
Down Small No. Este cambio no implicará cambio alguno en los precios de los viajes ni implica un impuesto nuevo
- ¿Por qué yo tengo que pagar el IVA de los viajes?
Down Small El IVA se causa por la prestación de servicios de transporte privado . Considerando que tú eres quien presta de forma independiente el servicio de transporte terrestre de pasajeros a los usuarios, inicialmente eres tú quien debe de cobrarlo en cada viaje a los usuarios y pagar el IVA cobrado al SAT. No obstante Uber aplicará una retención de 8% o 16% (si no cuentas con RFC) sobre el IVA que cobres por los viajes y enterará dicho IVA al SAT.
- ¿Qué tengo que hacer para poder incorporarme voluntariamente al régimen obligatorio o al régimen voluntario del IMSS?
Down Small - Incorporación voluntaria al régimen obligatorio
- Ser un trabajador independiente o no asalariado.
- No estar inscrito en el régimen obligatorio de seguridad social.
- Puedes realizar el trámite en línea o de forma presencial en la Subdelegación que te corresponda y debes contar con la siguiente documentación:
- Identificación oficial vigente. Original y copia
- Original y copia de comprobante de domicilio.
- Original o copia certificada y copia simple del acta de nacimiento.
- Original y copia del comprobante de pago de la anualidad anticipada. Original y copia
- Original y copia de la Clave Única de Registro de Población (CURP)*
- Datos del solicitante o representante legal
- Original y copia del cuestionario médico proporcionado por el IMSS)
Para obtener más información sobre este esquema, puedes visitar la página http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02030c
- Incorporación al régimen voluntario o seguro de salud para la familia
- No estar en el régimen obligatorio o haberte incorporado voluntariamente al mismo.
- Puedes realizar el trámite en línea o de forma presencial en la Subdelegación que te corresponda y debes contar con la siguiente documentación:
- Original o copia certificada y copia simple de acta de matrimonio (en caso de ser aplicable).
- Original y copia simple de identificación oficial vigente.
- Copia de la Clave Única de Registro de Población (CURP). Copia
- Original y copia del comprobante de pago de la anualidad anticipada (por cada integrante del grupo familiar).
- Original o copia certificada y copia simple del acta de nacimiento.
- Original y copia simple de comprobante de domicilio.
- Datos del solicitante o representante legal.
- Original y copia del cuestionario médico proporcionado por el IMSS.
Para mayor información sobre este esquema, puedes visitar la página http://www.imss.gob.mx/faq/seguro-familia
Esta medida no afectará tus ganancias ya que pagar impuestos siempre ha sido obligación de todos y esto no se trata de un nuevo impuesto. En Uber seguiremos trabajando para ayudarte a optimizar tus ganancias.
¡Gracias por tu contribución hacia una mejor ciudad para todos!
Publicado por Uber
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