Cambiará la forma en que pagas el ISR e IVA por tus ingresos.
17 de marzo de 2021 / MéxicoEl 9 de diciembre de 2019, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (“SHCP”) y el Servicio de Administración Tributaria (“SAT”) anunciaron cambios en el mecanismo de retención para el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) por los ingresos generados por la prestación de servicios de entrega de comida preparada o bienes a través plataformas tecnológicas.
Sabemos que esto puede causar incertidumbre, pero no te preocupes ya que tiene beneficios para ti.
Información que debes saber.
A partir del 1º de enero de 2021, como consecuencia de la Reforma Fiscal aprobada por el Congreso de la Unión a finales de octubre del 2020, Uber Eats estará obligado a realizar retenciones del ISR aplicando las nuevas tasas de retención única.
Dichas retenciones serán realizadas a todas las personas físicas, sin importar el régimen fiscal bajo el cual se inscribieron ante el Registro Federal de Contribuyentes (“RFC”).
¿Cómo se llevará a cabo la retención?
Las tasas de retenciones de ISR vigentes a partir del 1º de enero de 2021 que se muestran a continuación, son aplicables independientemente del ingreso mensual que obtengas:
- Por los ingresos que generes por la prestación de los servicios independientes de entrega de alimentos o productos (tasa de entrega), se te aplicará el 2.1%
- Por los ingresos que generes por la prestación de servicios de promoción de la aplicación Uber Eats, se te aplicará el 1%
La retención de Impuesto al Valor Agregado no sufrió ninguna modificación, por lo cual se continuará aplicando una tasa de 8% de retención, en los mismos términos que en 2020.
¿Tienes dudas?
Como apoyo a tus dudas sobre estos temas en la retención tus ingresos, puedes acceder a la plataforma EduMe con el correo electrónico que ocupas como tu cuenta de Uber a través del siguiente link: https://learn.edume.com/w/l/30227?g=7247
Este cambio tiene múltiples beneficios para ti.
- Te ahorrarás tiempo y esfuerzo en el cálculo y pago de tus impuestos y en la presentación de tus declaraciones fiscales.
- Nuevas tasas de retención única para el ISR.
- Si sólo recibes ingresos por las entregas realizadas a través de la app de Uber Eats y no obtienes más de $300 mil pesos en el año calendario, podrás optar por no presentar declaraciones de IVA ni de ISR, al ser consideradas las retenciones como pago definitivo de impuestos.
- Si recibes ingresos adicionales, podrás acreditar los impuestos que Uber te haya retenido.
- Ahora podrás utilizar tu recibo semanal de ganancias y el comprobante de retenciones que te daremos para obtener tu constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales y al mostrarlos en diversas instituciones financieras, podría darte acceso a créditos de diversos tipos y otros instrumentos financieros.
- Al estar al día en tus obligaciones fiscales, podrás afiliarte de forma voluntaria al régimen obligatorio como trabajador independiente, para que tú y tu familia puedan tener acceso a los servicios de salud y diversas prestaciones sociales que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), como por ejemplo:
- Atención médica, medicinas, gastos hospitalarios y de laboratorio para ti y tu familia.
- Apoyo económico para tus familiares en caso de muerte.
- Pensión para el retiro.
- También podrás incorporarte al “seguro de salud para la familia”, que incluye enfermedades y maternidad.
- Podrás obtener apoyo para adquirir una casa nueva o usada, con un crédito accesible y con las mejores condiciones del mercado, a través de Sociedad Hipotecaria Federal (mediante las Entidades Financieras participantes).
- Al estar al día en tus obligaciones fiscales, podrás tener acceso a financiamientos preferenciales otorgados por Nacional Financiera (NAFIN) e incluso, en ciertos casos, acceso al Programa “Crezcamos Juntas” (Programa exclusivo para las mujeres).
Preguntas Frecuentes
- ¿Por qué Uber Eats retendrá mis impuestos?
Por disposición oficial de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (“SHCP”) y el Servicio de Administración Tributaria (“SAT”), Uber deberá retener y pagar por tu cuenta directamente al SAT parte del ISR e IVA que se cause por las entregas que realices por medio de la app de Uber Eats. Sabemos que esto puede causar incertidumbre, pero entre muchas otras ventajas, disminuirán los impuestos que te corresponden pagar por los viajes que realices y se reducirán tus cargas fiscales/administrativas.
- ¿Cuánto debo pagar de IVA y cuánto de ISR?
Down Small A diferencia de otros contribuyentes que pagan el 16%, tú sólo pagarás el 8% de IVA por las entregas que realices por medio de la app de Uber Eats. El ISR que pagarás será acorde a la tasa única de retención, siendo del 2.1% por los ingresos que generes por la prestación de los servicios independientes de entrega de alimentos o productos (tasa de entrega) y del 1% por los ingresos que generes por la prestación de servicios de promoción.
- ¿Qué pasa si no proporciono mis datos fiscales?
Down Small Es importante mencionar que, de conformidad con lo dispuesto por las leyes aplicables, en caso que no hayas proporcionado tus datos fiscales, Uber Eats estará obligado a realizar una retención de 20% de ISR sobre tus ingresos y del 16% de IVA, en lugar de las tasas antes mencionadas, sin importar el monto de tus ganancias.
- ¿Implica esto que obtendré menos ganancias?
Down Small No. Esta medida no afectará tus ganancias y tampoco se trata de un nuevo impuesto. Recuerda que pagar impuestos correspondientes por los ingresos que generas con las entregas que realices a través de la app Uber Eats, siempre ha sido tu obligación.
- ¿En qué casos tengo que presentar declaraciones de impuestos?
Down Small - Si recibes ingresos además de los generados por los servicios que prestas a través de Uber Eats, deberás presentar tus declaraciones mensuales y anual de impuestos o bimestrales si estás bajo el Régimen de Incorporación Fiscal (“RIF”).
- Si sólo obtienes ingresos por los servicios que prestas a través de Uber Eats cuentas con la opción de que las plataformas tecnológicas te retengan el ISR e IVA de forma definitiva y los paguen directamente al SAT. De esta forma ya no presentarás declaraciones mensuales, en virtud de que las retenciones que efectúe la plataforma tecnológica tienen el carácter de pago definitivo. Para que puedas optar por considerar la retención de impuestos que realice la plataforma tecnológica como pago definitivo, tus ingresos en el ejercicio no deben exceder de 300 mil pesos (incluyendo salarios e intereses).
- ¿Tendrá esto algún beneficio para mí?
Down Small Sí. Este cambio representará varios beneficios para ti tales como:
- Te ahorrarás tiempo y esfuerzo en el cálculo y pago de tus impuestos y en la presentación de tus declaraciones fiscales.
- En caso de que no obtengas otro tipo de ingresos, tus ingresos del año anterior no excedan 300,000 y optes por considerar las retenciones como pago definitivo, el ISR que pagarás será con las nuevas tasas de retención únicas del 2.1% (tasa de entrega) y del 1% (servicios de promoción) y el IVA que pagarás será del 8%, en vez del 16%. De esta forma, ya no tendrás que presentar las declaraciones mensuales de ISR e IVA.
- Tendrás más claridad sobre el cumplimiento de tus obligaciones fiscales cuando recibas tus ganancias.
- Si recibes ingresos adicionales a los obtenidos por entregas realizadas a través de la app de Uber Eats, podrás acreditar los impuestos que Uber Eats te haya retenido.
- Ahora podrás utilizar tu recibo semanal de ganancias y el comprobante de retención que te daremos para obtener tu constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales y al mostrarlos en diversas instituciones financieras, podría darte acceso a créditos de diversos tipos y otros instrumentos financieros.
- Ahora podrás utilizar tu recibo semanal de ganancias y el comprobante de retención que te daremos para obtener tu constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales y al mostrarlos en diversas instituciones financieras, podría darte acceso a créditos de diversos tipos y otros instrumentos financieros.
- Tú y tu familia, tendrán acceso a los servicios de salud y diversas prestaciones sociales que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Al estar al día en tus obligaciones fiscales podrás afiliarte voluntariamente al régimen del IMSS como independiente, a través del cual y tendrás los siguientes beneficios:
- Atención médica, medicinas, gastos hospitalarios y de laboratorio para ti y tu familia.
- Apoyo económico para tus familiares en caso de muerte.
- Pensión para el retiro.
- Podrás obtener apoyo para adquirir una casa nueva o usada, con un crédito accesible y con las mejores condiciones del mercado, a través de Sociedad Hipotecaria Federal (mediante las Entidades Financieras participantes).
- Al estar al día en tus obligaciones fiscales, podrás tener acceso a financiamientos preferenciales otorgados por Nacional Financiera (NAFIN) e incluso, en ciertos casos, acceso al Programa “Crezcamos Juntas” (Programa exclusivo para las mujeres).
- ¿Puedo cambiar de régimen fiscal?
Down Small El régimen fiscal que te es aplicable depende de si eres una persona física o moral y de las actividades económicas que realizas, pero si eres persona física en todos los casos, por los servicios que prestas a través de la aplicación Uber Eats deberás estar registrado en el Régimen de las Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas . Puedes actualizar tus actividades económicas, lo cual podría implicar un cambio en tu régimen fiscal. En este Enlace podrás encontrar más información al respecto.
- ¿Qué pasa si no tengo RFC?
Down Small Deberás tramitar tu inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes ante el SAT. En el Siguiente Enlace podrás encontrar más información al respecto.
- ¿Subirán los precios de los viajes?
Down Small No. Este cambio no implicará cambio alguno en los precios de los viajes ni implica un impuesto nuevo.
- ¿Por qué yo tengo que pagar el IVA de las entregas?
Down Small El Impuesto al Valor Agregado (“IVA”) se causa por la prestación de servicios de entrega de alimentos preparados o bienes. Considerando que tú eres quien presta de forma independiente dichos servicios a los usuarios, eres tú quien debe cobrarlo en cada entrega a los usuarios y pagar el IVA cobrado al Servicio de Administración Tributaria (“SAT”).
- ¿Qué tengo que hacer para poder incorporarme voluntariamente al régimen obligatorio o al régimen voluntario del IMSS?
Down Small - Incorporación voluntaria al régimen obligatorio
- Ser un trabajador independiente o no asalariado.
- No estar inscrito en el régimen obligatorio de seguridad social.
- Puedes realizar el trámite en línea o de forma presencial en la Subdelegación que te corresponda y debes contar con la siguiente documentación:
- Identificación oficial vigente. Original y copia
- Original y copia de comprobante de domicilio.
- Original o copia certificada y copia simple del acta de nacimiento.
- Original y copia del comprobante de pago de la anualidad anticipada. Original y copia
- Original y copia de la Clave Única de Registro de Población (CURP)*
- Datos del solicitante o representante legal
- Original y copia del cuestionario médico proporcionado por el IMSS
Para obtener más información sobre este esquema, puedes visitar la Página Del IMSS.
Esta medida no afectará tus ingresos ya que pagar impuestos siempre ha sido obligación de todos y esto no se trata de un nuevo impuesto. En Uber seguiremos trabajando para ayudarte a optimizar tus ingresos.
¡Gracias por tu contribución hacia una mejor ciudad para todos!
Publicado por Uber Eats
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