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5 de enero de 2019

Información sobre retenciones tributarias

Uber Uruguay
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Basándonos en la experiencia de todos los conductores creamos un nuevo proceso de retenciones.

¿Por qué existe este proceso?

Como lo establece la norma (Dec. 48/17) cada mes Uber es responsable solidario del pago de IVA mínimo de los conductores. Según la norma se debe retener:

  • El 25% durante el primer ejercicio económico del prestador de servicio de transporte terrestre de pasajeros
  • El 50% durante el segundo ejercicio económico del prestador de servicio de transporte terrestre de pasajeros
  • El 100% a partir del tercer ejercicio económico del prestador de servicio de transporte terrestre de pasajeros

Esto implica que en el primer año Uber retiene IVA de 1095 UYU para el pago a DGI, al siguiente año 2190 UYU y en el tercer año 4380 UYU.

El primer año se considera el primer año que el conductor maneja con una empresa con rubro ampliado para manejar en plataformas electrónicas. En el caso de Montevideo la regulación comenzó a regir a partir del 2017, es decir que los conductores debían abrir de manera obligatoria una Unipersonal literal E a partir de ese año. Para el caso de Maldonado el año de inicio de estas actividades es 2018. Por ejemplo, si un conductor en Montevideo abrió una empresa antes del 2017 el primer año conduciendo en plataformas es 2017.


¿Cómo funciona el proceso?

La retención del mes se realiza el tercer martes de cada mes. Si un conductor decide hacer el pago a DGI por su cuenta debe asegurarse de subir el comprobante de pago. A continuación podrás ver los vencimientos correspondientes al año 2021

Vencimientos para contribuyentes de IVA Mínimo

MesDías de 2021
Diciembre 202020 de enero
Enero 202122 de febrero
Febrero 202122 de marzo
Marzo 202120 de abril
Abril 202120 de mayo
Mayo 202121 de junio
Junio 202120 de julio
Julio 202120 de agosto
Agosto 202120 de septiembre
Septiembre 202120 de octubre
Octubre 202122 de noviembre
Noviembre 202120 de diciembre

El conductor tiene hasta el día 20 del mes siguiente para subir su prueba de pago, después de esa fecha no se aceptarán más comprobantes de pago. Uber hará el depósito por la devolución de la retención en 4 instancias a lo largo del mes: los 3 primeros martes del mes y la última semana de cada mes, es decir, después de la fecha de vencimiento del mes. Siguiendo con el ejemplo, si antes del 20 de febrero cargó su comprobante de pago de DGI correspondiente a enero, durante el mes de febrero se realizará la devolución de lo retenido correspondiente a enero.

Conocé algunos ejemplos

Si el monto de la prueba de pago es menor al monto de ese mes Uber calculará las ganancias de ese mes y si el conductor ha generado ganancias suficientes saldará el monto faltante con el pago a DGI. La devolución será por el monto de la prueba de pago.

Por ejemplo:

  • Retenido: 2190
  • Prueba de Pago: 1095
  • Ganancias: 3000
  • Devolución: 1095
  • Pago a DGI: 1095

Si las ganancias no fueron las suficientes para saldar el monto faltante entonces el conductor tendrá una deuda con DGI y Uber le devolverá el faltante de la retención.

Por ejemplo:

  • Retenido: 2190
  • Prueba de Pago: 1095
  • Ganancias: 1000
  • Devolución: 1190
  • Pago a DGI: 1000

Si el conductor no sube un comprobante de pago Uber calculará las ganancias de ese mes y si el conductor ha generado ganancias suficientes pagará con el monto correspondiente a DGI.

Ejemplo 1:

  • Retenido: 2190
  • Prueba de Pago: 0
  • Ganancias: 1000
  • Devolución: 1190
  • Pago a DGI: 1000

Ejemplo 2:

  • Retenido: 2190
  • Prueba de Pago: 0
  • Ganancias: 3000
  • Devolución: 0
  • Pago a DGI: 2190

Es importante saber que:

  • Si un conductor no genera ganancias en el mes se le realiza la devolución del monto y el conductor es responsable de hacer el pago a DGI por su cuenta si no cerró la empresa
  • Si el conductor cambia de empresa en el mes es necesario que estos cambios los haga antes de la retención del mes para evitar confusiones.
  • Si un conductor realiza un cambio de empresa o se convierte en conductor de un nuevo socio después de la retención y es un caso en el que Uber debe pagar el IVA mínimo a DGI, se pagará el IVA mínimo a la empresa que figure subida en la plataforma el día 30 del mes de retención.
  • Si un conductor realiza un cambio de empresa o se convierte en conductor de un nuevo socio después de la retención y corresponde hacerse una devolución de la retención, esa devolución se le verá reflejada en la cuenta del nuevo socio porque es quien recibe las ganancias de sus conductores.

También en una sociedad de hecho uno de los socios debe estar como “socio” y el otro como “conductor” para evitar la doble retención.


Documentación necesaria

El conductor debe tener sus documentos de la empresa al día, es decir, el comprobante de la apertura de la empresa debe estar aprobado por la plataforma de Uber con el RUT claro y legible. Si el conductor realiza un cambio de empresa debe asegurarse que sus documentos estén actualizados para reflejar los cambios.

El conductor debe estar inscripto como contribuyente en alguna de las siguientes empresas:

  • Unipersonal Literal E: Pequeña empresa que aporta IVA mínimo
  • Unipersonal de Régimen General: Pequeña empresa que aporta IVA según facturación mensual.
  • Sociedad de hechos: De dos o más socios que funciona como pequeña empresa que aporta IVA mínimo.
  • S.R.L: Sociedad de responsabilidad limitada que aporta IVA según facturación mensual/bimensual/anual.

Las pruebas de pago deben ser legibles y deben poseer los siguientes datos obligatoriamente: RUT, fecha y monto. Sin esos datos el documento no se aprobará.


Para facilitar la aprobación de los documentos, se aceptarán sólo los siguientes métodos de pago:

  • Pago Banred: Se deberá concurrir a un cajero de la red y obtener usuario y contraseña de acuerdo al siguiente instructivo
  • Pago electrónico DGI
  • Servicios en línea DGI: Desde la página web de DGI se debe ingresar a servicios en línea. Para ingresar en línea el conductor debe obtener su clave personal en un local de Abitab ir hasta un local de Abitab.
  • Pago directo en DGI
  • Pago en Abitab o Red Pagos: sin el sello visible no se aceptará la prueba de pago
  • Pago E-Brou: únicamente el formato descargado en PDF que contiene todos los datos de la transacción.
  • Pagos de servicios contables, ej.: Paganza

Para el caso de un contribuyente de régimen general debe comprobar que realizó el pago del anticipo mínimo de IRAE todos los meses. Con esto, Uber le realiza la devolución del monto del IVA mínimo. En caso de no presentar el comprobante de pago del IRAE, Uber ingresa el monto retenido en la DGI y el driver puede utilizar ese importe como crédito fiscal.

  • El comprobante de pago figura en DGI 60 días luego del vencimiento del mismo. Es decir, si el mes correspondiente a enero vence el día 20 de febrero figura en DGI en el mes de abril.
    Podrás ver los pagos y retenciones realizadas por la web de DGI en “Pagos en Línea”. También podrás acercarte en ese mismo periodo a nuestro Centro de Atención que uno de nuestros agentes puede corroborar.

  • En este caso se efectuará un pago doble en DGI. Podrás realizar el trámite de cambio de imputación de manera presencial en las oficinas de DGI o a través del portal de servicios en línea de DGI. Después de que Uber realizó el pago (durante la última semana del mes), podrás ir a DGI con el comprobante o en su defecto lo podrás realizar por la página web de la DGI. Podrás consultar tus dudas sobre el cambio de imputación en su portal de soporte.

  • Es importante saber que si el conductor cambia de empresa en el mes es necesario que estos cambios los haga antes de la retención del mes para evitar confusiones.

    • Si un conductor realiza un cambio de empresa o se convierte en conductor de un nuevo socio después de la retención y es un caso en el que Uber debe pagar el IVA mínimo a DGI, se pagará el IVA mínimo a la empresa que figure subida en la plataforma el día 30 del mes de retención.
    • Si un conductor realiza un cambio de empresa o se convierte en conductor de un nuevo socio después de la retención y corresponde hacerse una devolución de la retención, esa devolución se le verá reflejada en la cuenta del nuevo socio porque es quien recibe las ganancias de sus conductores.

    También en una sociedad de hecho uno de los socios debe estar como “socio” y el otro como “conductor” para evitar la doble retención.

  • Si dejaste de conducir y no cerraste la empresa deberás abonar tu monto correspondiente a tu empresa ya que Uber es responsable solidario de pagar a DGI hasta donde el conductor tenga ingresos.

  • Es importante saber que si un conductor no genera ganancias en el mes se le realiza la devolución del monto y el conductor es responsable de hacer el pago a DGI por su cuenta si no cerró la empresa.

Escrito por

Uber Uruguay

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