Los integrantes del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires, la máxima autoridad de la Justicia porteña, decidieron hoy en forma unánime revocar el intento de bloqueo a Uber. La sentencia del Tribunal Superior señala que la medida solicitada por el fiscal Martín Lapadú excedió ilegítimamente las competencias de la Justicia porteña de acuerdo a la ley.

La decisión del Tribunal confirma la posición que hemos sostenido desde un principio y legitima a los cientos de miles de personas que eligen Uber como oportunidad de ingreso y solución de movilidad en la Ciudad,” señaló Mariano Otero, Gerente General de Uber en el Cono Sur. “Esta decisión, así como el debate que comienza a abrirse en el interior del país, reafirma nuestro compromiso con continuar invirtiendo en Argentina, que es hoy el país del mundo donde Uber más crece. Esperemos que también ayude a abrir la discusión que nos debemos los porteños respecto a la regulación de las empresas de redes de transporte, como se dio en todas las otras grandes capitales de América Latina.

La sentencia del máximo tribunal de la Ciudad se suma a las sentencias firmes que declaran la legalidad de Uber, de la Cámara Penal Nacional de Apelaciones y la Cámara de Casación Penal, de la Justicia Nacional Penal (respecto a que Uber cumple con todas las obligaciones de seguridad social) y la Justicia Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad (causa “Quevedo”, que determina que no es necesario contar con habilitación de remis para manejar con Uber).

Desde que Uber llegó a la Argentina, el fiscal Lapadú solicitó medidas contra la legítima operación de Uber y quienes manejan con la aplicación, entre ellas el intento de bloqueo del sitio web y las tarjetas de crédito en todo el país. El fallo del Tribunal Superior determina la inconstitucionalidad del bloqueo, en línea con el repudio de juristas y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por cuanto el bloqueo atenta contra la libertad de expresión, la neutralidad de la red, el federalismo y los tratados internacionales de derechos humanos.

En palabras del tribunal, un bloqueo como el dictado “lesionaría innecesaria y desproporcionadamente derechos (…) tales como: el acceso e intercambio de información (en tanto elementos constitutivos de la libertad de expresión, que en nuestro ámbito tiene especial protección por normas constitucionales y convencionales); la obtención de conocimientos y transmisión de ellos mediante la utilización de contenidos, herramientas y de aplicaciones; y la posibilidad de cualquier usuario de esa red global (internet) de comunicarse o desenvolverse libremente en ella” y que “pone en riesgo “el derecho humano a las comunicaciones” a través de internet (…) y -fundamentalmente- el principio de la “completa neutralidad de las redes” que se encuentra asegurado por nuestro ordenamiento jurídico.” La decisión, fechada el 18 de junio de 2018, fue adoptada en el Expte. Nº 14483/17 “NN (UBER) s/queja por recurso de inconstitucionalidad denegado”

Actualmente en Argentina, donde Uber crece más rápido que en cualquier otro país del mundo, 35.000 personas han manejado usando la aplicación y son más de 750.000 los usuarios que utilizan Uber para moverse en el área metropolitana de Buenos Aires.

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