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Uber para Empresas

Todo lo que necesitas saber sobre impuestos de Taxi en Uber México

6 de marzo de 2023 / México
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  1. Empresa/Nombre Legal
  2. RFC
  3. Régimen Tributario (Persona Moral o Física y tus actividades económicas)
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  • Si eres Persona Física y no recuerdas tu contraseña para el portal del SAT, puedes restablecerla en línea para tener acceso a los servicios en línea. No es necesario acudir a una cita presencial.

    Para más información da click aquí

  • Agenda en línea tu cita en el SAT para tramitar tus credenciales fiscales da clic aquí y comienza el proceso.

    Si tienes dudas sobre el proceso para agendar una cita en el SAT creamos un blog que te explica los pasos que debes de seguir, revisalo dando clic aquí.

  • El “Régimen de Actividades Empresariales con ingreso a través de las Plataformas Tecnológicas” es para todas las personas físicas que presten servicios, vendan productos o permitan el uso de bienes a través de aplicaciones o plataformas como Uber.

  • La regla 3.13.3 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente para 2023 establece que las personas físicas que de conformidad con el artículo 113-A de la LISR están obligadas al pago del ISR por los ingresos que generen a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares que presten servicios de intermediación, por la totalidad o alguna parte de sus actividades económicas y que además obtengan ingresos por actividades empresariales, profesionales u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, no podrán tributar conforme al RESICO, por los referidos ingresos. Los ingresos obtenidos a través de la aplicación no podrán tributar bajo este régimen. Por lo anterior, por los ingresos que obtengan a través de la plataforma, los taxistas deberán presentar en la página web del SAT un “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales” para añadir la actividad económica de: “Servicio de transporte terrestre de pasajeros a través de Internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares” y tributar conforme a dicha actividad.

  • Para más información da click aquí.

  • Existe la opción de presentar el: “Aviso para ejercer la opción de considerar como pagos definitivos las retenciones del IVA e ISR”. Al optar por presentar el “​​Aviso para ejercer la opción de considerar como pagos definitivos las retenciones del IVA e ISR”, los impuestos correspondientes que deberás de pagar por los ingresos que obtienes a través de la aplicación (solo ingresos por viajes pagados a través de pagos electrónicos como tarjetas bancarias, no por pagos en efectivo) son retenidos y pagados mensualmente al SAT, por lo que ya no deberás pagar ningún impuesto adicional al monto que se indica en el CFDI mensual de retenciones que recibes mensualmente respecto de estos ingresos.

    En caso que obtengas ingresos adicionales en efectivo o por actividades distintas al servicio independiente de transporte privado de pasajeros, deberás de calcular y pagar los impuestos correspondientes por dichos ingresos.

    De conformidad con la regulación fiscal aplicable, dicho Aviso deberá ser presentado dentro de los 30 días siguientes a aquel en que percibas tu primer ingreso por el servicio independiente de transporte que realizas a través de la plataforma tecnológica.

    Sin embargo, Uber considera, al menos que le sea informado y probado lo contrario, que todos los socios conductores optaron por presentar el Aviso antes referido en tiempo y forma, y por tanto desean que las retenciones de ISR sean pagadas al SAT de manera definitiva, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

    Una vez que tengas el documento, éste deberá ser presentado de manera física en un Centro de Activación, para que nosotros podamos estar informados al respecto.

  • Uber ha hecho alianzas con compañías independientes especializadas en contabilidad, que te ofrecen precios preferenciales y te apoyan antes, durante y después de tu proceso como socio conductor en caso que los elijas.

    Si quieres obtener más detalles de los servicios generales, haz clic aquí, o visita el sitio web de cada uno de los despachos.

    DespachoContacto
    Gómez GallardoPágina Web
    ContecPágina Web
    HeruPágina Web

Publicado por Uber

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